24h Castilla-La Mancha.

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Se ajustarán las condiciones para sacrificar animales en mataderos de zonas afectadas por la viruela ovina.

Se ajustarán las condiciones para sacrificar animales en mataderos de zonas afectadas por la viruela ovina.

La Dirección General de Agricultura y Ganadería de Castilla-La Mancha ha establecido las condiciones que deben cumplir los mataderos autorizados para recibir animales de las especies ovina y caprina desde las explotaciones situadas en la zona restringida y de vigilancia por la declaración de los focos de viruela ovina y caprina de la región.

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) informa que el último foco originado en la provincia de Cuenca ha llevado a que la Unión Europea endurezca las restricciones sobre los movimientos de los animales en las explotaciones situadas en la zona de protección y vigilia.

Por lo tanto, la resolución determina que los mataderos afectados podrán sacrificar animales procedentes de la zona de protección, la de vigilancia y la de restricción adicional. Sin embargo, se deben cumplir ciertas condiciones, incluyendo la realización de la petición de movimiento al menos 48 horas antes del traslado, la inspección clínica de los animales en el momento de la carga y la verificación de la limpieza y desinfección de los medios de transporte antes y después de la carga.

Además, la autoridad competente del matadero debe ser informada con antelación sobre la intención de recibir animales en cautividad de las especies ovina y caprina y confirmar la ausencia de signos de la viruela ovina y caprina. También debe supervisar que los locales donde se mantuvieron y sacrificaron los animales estén limpios y desinfectados adecuadamente.

Por último, los animales procedentes de la zona de restricción adicional deberán mantenerse separados de los procedentes de la zona de protección y vigilancia y ser sacrificados preferentemente en un lugar distinto o en momentos distintos.