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Fiscalía afirma que el portero imputado por homicidio mató a un cliente, mientras su defensa alega legítima defensa.

Fiscalía afirma que el portero imputado por homicidio mató a un cliente, mientras su defensa alega legítima defensa.

En la jornada de este miércoles, la Fiscalía reiteró su firme convencimiento de que el portero de una discoteca, acusado de homicidio en Bolaños de Calatrava, fue el responsable de la muerte de un cliente. En contraposición, el abogado defensor defendió la posición de que su cliente actuó en legítima defensa, subrayando que no fue él quien causó la muerte.

Este tenso debate quedó en evidencia durante la tercera sesión del juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Ciudad Real, donde un jurado popular estuvo presente para escuchar las argumentaciones de ambas partes. Las conclusiones fueron presentadas en este encuentro, mientras se preparan para que, en la jornada siguiente, el jurado reciba el objeto del veredicto en un paso previo a su deliberación.

La fiscal, en su narrativa, argumentó que el acusado fue quien dio fin a la vida de la víctima. Contrario a lo que plantea la defensa, que habla de un "miedo insuperable", la fiscal destacó que el portero decidió perseguir a la víctima tras ser herido previamente, recorriendo una distancia de 200 metros desde el bar hasta el lugar del fatal desenlace.

Según la fiscal, si realmente hubiera existido un "miedo insuperable", el acusado no habría salido tras su víctima. Además, consideró que el hecho de utilizar un detector de metales para golpear en una "zona vital como la cabeza" demuestra una clara intención de causar daño. En este sentido, destacó las conclusiones de los forenses, quienes confirmaron que la víctima sufrió un severo traumatismo craneoencefálico como resultado de un golpe con un objeto compatible con el detector de metales.

En concordancia con la fiscal, el abogado de la acusación particular calificó como "inverosímil" la versión del acusado, sosteniendo que existen pruebas suficientes que demuestran que no actuó en defensa propia, sino que persiguió a la víctima y causó su muerte.

Por su parte, el abogado defensor argumentó que los hechos no constituyen un delito y, en su lugar, podrían considerarse como un homicidio imprudente en combinación con lesiones dolosas. La defensa también enfatizó que no había suficientes pruebas para demostrar que el portero golpeó a la víctima con el detector de metales, y que la mera compatibilidad de las lesiones con ese objeto no descarta el uso de otro. Según el defensor, su cliente actuó exclusivamente en un intento de protegerse de los ataques con navaja.

En su declaración final, el acusado expresó su arrepentimiento hacia la familia de la víctima, reiteró que no infligió el golpe mortal y aseguró que nunca tuvo la intención de quitarle la vida a nadie, enfatizando que lo único que hizo fue defenderse.

Una vez que el jurado reciba el objeto del veredicto, procederá a deliberar para determinar si considera probados los hechos por los que el portero está siendo juzgado. La Fiscalía ha expuesto que los incidentes ocurrieron en julio de 2022, tras una discusión en la entrada del local, donde la víctima, en un intento de ingresar, inició un enfrentamiento con el portero que escaló en violencia.

Luego de alejarse, el cliente regresó poco después con un arma blanca y, tras herir al acusado, este lo persiguió y supuestamente le golpeó en la cabeza con un detector de metales, lo cual resultó en lesiones fatales. Ante este escenario, la Fiscalía solicita una condena de 14 años de prisión por el delito de homicidio.