La Consejería de Bienestar Social en Castilla-La Mancha ha tomado la decisión de modificar la Orden que establece los criterios de financiación para la suscripción de convenios con entidades locales que prestan servicios sociales de atención primaria. Como parte de esta modificación, se ha actualizado el importe de la prestación económica vinculada al servicio de ayuda a domicilio, fijándolo en 13,55 euros por hora de lunes a sábado y 17,99 euros por hora en domingos y festivos.
Según la Orden publicada por la Consejería de Bienestar Social en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, se destaca la importancia de garantizar una atención domiciliaria de calidad para aquellas personas que requieren cuidados en su entorno para poder permanecer en sus hogares. Por eso, se ha decidido implementar un nuevo precio hora de referencia para el servicio.
Esta modificación también permite la atención de personas en núcleos de población separados del municipio, especialmente en localidades con menos de 2,000 habitantes. Se han reducido los requisitos mínimos de personas atendidas para financiar los gastos de desplazamiento de los profesionales, promoviendo la igualdad de oportunidades y garantizando la sostenibilidad de las comunidades rurales.
En este sentido, la Consejería ha establecido que la financiación para la prestación de ayuda a domicilio se basará en el costo por hora, siendo de 13,55 euros de lunes a sábado y 17,99 euros los domingos y festivos.
Además, se considerará el número de horas de servicio según el día de la semana, así como los desplazamientos a núcleos de población separados del municipio en localidades con menos de 2,000 habitantes.
El coste de estos desplazamientos se determinará cada año de acuerdo con las tarifas establecidas para el personal de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Los criterios para la financiación de la prestación de ayuda a domicilio incluirán el número de horas prestadas en el año anterior y las propuestas de incorporación al servicio según prioridades como personas en situación de urgencia social, con grado de dependencia reconocido o en proceso de reconocimiento, o aquellas con dificultades para desenvolverse independientemente en su hogar.
Además, se contemplarán las solicitudes de gastos de desplazamiento en el convenio en casos donde el núcleo de población esté separado del municipio y tenga al menos dos personas usuarias del servicio, o si la distancia entre el municipio y el núcleo supera los 10 kilómetros.
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