Desde este miércoles, comienza a aplicarse la normativa sobre las guardias del personal de Prevención de Riesgos Laborales.
TOLEDO, 30 de diciembre.
A partir de este miércoles, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo implementará una normativa que regula las guardias localizadas para el personal funcionario que se desempeña en las Escalas Superior y Técnica de Prevención de Riesgos Laborales, bajo su ámbito de competencia en materia de seguridad y salud laboral.
La legislación, que fue divulgada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) el día de ayer, establece que este personal deberá estar disponible para realizar guardias localizadas durante la semana laboral, los fines de semana y en días festivos, asegurando así la continuidad del servicio y la asistencia técnica en situaciones de accidentes laborales.
Es fundamental que haya siempre una cobertura para el servicio de guardia localizada. En caso de que no haya personal voluntario, será responsabilidad del Jefe del Servicio de Seguridad y Salud Laboral asignar a la persona adecuada para cubrir dicha guardia. A aquellos que se les designe esta tarea se les proporcionará un dispositivo de localización inmediata y transporte para facilitar su llegada al lugar del incidente laboral.
Las Delegaciones Provinciales de la Consejería que se encarga de la seguridad y salud laboral deberán preparar con antelación los horarios de las guardias, asegurando que se respete una distribución equitativa entre todos los trabajadores que ofrecen el servicio.
Las guardias se llevarán a cabo durante la semana laboral desde las 15:00 horas hasta las 08:00 horas del día siguiente. Este esquema se repetirá de lunes a viernes y en vísperas de festivos. Para los fines de semana, las guardias comenzarán el viernes a las 15:00 horas y culminarán el lunes a las 08:00 horas. En cuanto a los días festivos, la guardia inicia a las 15:00 horas del día anterior y finaliza a las 08:00 horas del siguiente día laborable.
En términos económicos, cada día laborable de guardia localizada se compensará con 39,92 euros. Para las guardias durante los fines de semana, la remuneración será de 193,87 euros, y para los días festivos, de 118,73 euros. Es esencial que las respectivas Delegaciones Provinciales sean las que asignen estas guardias, asegurándose de documentar su realización apropiadamente.
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