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Conductor de camión bajo investigación por exceder en casi seis veces la tasa de alcohol permitida por la ley

Conductor de camión bajo investigación por exceder en casi seis veces la tasa de alcohol permitida por la ley

Cuenca, 23 Nov.

La Guardia Civil del Destacamento de Tráfico de Motilla del Palancar investigó en la noche del pasado día 16 de noviembre a un varón, de 48 años de edad, por la comisión de un delito contra la seguridad vial al ofrecer resultado positivo en las pruebas de alcoholemia, de 0,86 y 0,90 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.

Este individuo fue detenido mientras conducía un camión articulado por la carretera N-3 (Madrid-Valencia) mostrando evidentes señales de estar bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

La actuación policial fue resultado de una alerta de un ciudadano que, a través de una llamada al 112, informó sobre un conductor ebrio al volante de un camión, según ha informado la Guardia Civil en un comunicado de prensa.

Desde el centro de urgencias se notificó a la central COTA de la Guardia Civil de Tráfico que puso en marcha una patrulla que logró detener al camión en el punto kilométrico 199 de la carretera, en el término municipal de Motilla del Palancar.

Cabe resaltar que en el momento de ser detenido, el vehículo ya había recorrido unos 20 kilómetros desde el inicio de la conducción.

Después de realizar las pruebas de detección de alcohol, el conductor fue investigado como presunto autor de un delito contra la seguridad vial, por "conducir un vehículo a motor o ciclomotor con una tasa de alcohol superior a 0,60 mg/l de aire espirado". Las diligencias fueron remitidas al Juzgado de Instrucción de Guardia de Motilla del Palancar (Cuenca).

Es importante recordar que la tasa de alcohol permitida para conducir este tipo de vehículos es de hasta 0,15 mg/l de aire espirado, y se considera delito cuando la cantidad supera los 0,60 mg/l.

El conductor implicado puede enfrentar penas que van desde tres a seis meses de prisión, multa de seis a doce meses, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso, la privación del derecho a conducir vehículos a motor o ciclomotores por un tiempo que puede superar de 1 a 4 años.